Preguntas Frecuentes

          Auto

Debe presentar su reclamo dentro de los 10 días siguientes a la fecha del accidente, en la oficina de ASSA de su conveniencia. Debe presentar el informe de accidente con los datos requeridos debidamente firmado por el asegurado, el cual podrá ser solicitado a su corredor de seguros o directamente en ASSA. No debe llevar su auto a reparar hasta que reciba la autorización por parte de ASSA.

Luego de contactar a ASSAMóvil, siempre puede contactar a su Corredor de Seguros quien se encargará de asesorarlo sobre las coberturas y deducibles de su póliza. Puede además escribir a [email protected] o llamar al 800-2772, 24 horas hábiles después de la fecha del accidente.

ASSAMóvil es una cobertura exclusiva de ASSA, incluida en su póliza de auto sin costo adicional. Le brinda asistencia vial en la República de Panamá, las 24 horas, los 365 días del año. Para solicitar el servicio solo debe escribirnos a nuestra WhatsAPP 6601-2772 o llamar al 300-2424opción 2.

Todas las pólizas de automóvil de uso particular de ASSA cuentan con los siguientes valores agregados sin costo adicional:

  • Asistencia legal gratuita
  • Al comprar tu póliza, selecciona medios electrónicos de pago como tarjeta de crédito o descuento directo a tu cuenta bancaria (ACH) y recibirás 5% de descuento en el precio de tu póliza.
  • Extensión al auto en caso de robo o accidente de su Automóvil. La cobertura que usted contrató para su auto se extiende al auto sustituto que usted utilice mientras le reparan su auto o recibe la indemnización por robo.

Las coberturas básicas son:

  • Lesiones Corporales
  • Daños a la propiedad ajena
  • Atención Médica
  • Comprensivo Colisión

Si durante el primer año de cobertura usted sólo ha presentado un reclamo, ASSA no le recargará el costo de su prima a la renovación. Después del segundo reclamo presentado, ASSA se reserva el derecho de revisar los términos de su póliza.

En caso de pérdida total, la Compañía le pagará el valor real actual del automóvil o sea, el límite de responsabilidad detallado en las condiciones particulares de la póliza menos la depreciación y el deducible pactado para la cobertura afectada.

Una pérdida total se considera cuando la pérdida o daño es igual o mayor al 65% del valor asegurado menos la depreciación correspondiente.

Sí, ofrecemos Asistencia Legal sin costo, a todos los asegurados que lo soliciten por escrito, en procesos de tránsito, penales y civiles en caso de accidente en su automóvil asegurado.

Incendio

Al tener conocimiento de un evento o siniestro que pueda causar daños o pérdidas de bienes descritos en la póliza, procure hacer todo lo que le sea posible para evitar o disminuir el daño y notificarlo inmediatamente a ASSA o a su corredor de seguros. Dentro de los treinta días (30) días calendario subsiguientes a la fecha del siniestro, usted deberá presentar a ASSA los siguientes documentos:

  • Un informe por escrito detallando los daños y pérdidas ocasionadas a su domicilio, indicando el lugar, fecha y hora aproximada y las circunstancias en las que se produjo.
  • Una relación detallada de cualesquiera otros seguros que amparen cualquier parte de su residencia.
  • Dos presupuestos de reparación por personas idóneas.
  • Certificación de la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos o de SINAPROC de acuerdo al evento.

ASSA hará efectivo cualquier reembolso o indemnización en un plazo no mayor de treinta (30) días, contados a partir de la fecha en que la Compañía haya recibido a satisfacción toda la documentación requerida.

Su seguro le protege dentro de las coberturas básicas ante los siguientes eventos:

  • El incendio de su residencia
  • Los daños del agua al sofocar el incendio
  • El Impacto de rayo
  • Daños por humo y hollín
  • La explosión de cualquier tipo excepto las causadas por calderas, motores a combustión interna o aparatos que trabajen a presión.
  • El impacto de vehículos terrestres o aéreos
  • Remoción de escombros.

ASSA indemniza al asegurado el Valor Real Actual de los bienes dañados, quedando bajo el control de nuestro asegurado la reparación o reconstrucción de los bienes dañados.

La póliza de seguro de incendio paga el Valor Real Actual de los bienes afectados o dañados por un siniestro amparado por la póliza. Se entiende por Valor Real Actual, el valor o costo de reposición de los bienes dañados menos su depreciación.

No. Usted debe actualizar su suma asegurada e informar a ASSA las mejoras realizadas a su vivienda para que éstas se incluyan dentro de la cobertura de su póliza.

Se determina como mínimo el 80% del valor real actual de la vivienda,(con depreciación incluida) sin contemplar el valor del terreno.

No. Su seguro de incendio – edificio cubre solamente la estructura. Para el contenido contamos con el producto ASSAHogar que cubre muebles, electrodomésticos, ropa, responsabilidad civil entre otras coberturas.

Su seguro cubre la pérdida de la estructura de su residencia por destrucción o daño material a consecuencia directa o indirecta del fuego. Le indemniza todo lo comprendido por sus paredes, pisos, cimientos, techos y todas las instalaciones fijas a la estructura del edificio.

Hogar

Al tener conocimiento de un evento que pueda causar daños o pérdidas de los bienes descritos en la póliza, procure hacer todo lo que le sea posible para evitar o disminuir el daño, y notificarlo inmediatamente a ASSA o a su Corredor de Seguros. Dentro de los treinta (30) días calendario subsiguientes a la fecha del siniestro, usted deberá presentar a ASSA los siguientes documentos:

  • Un informe sobre el siniestro, indicando el lugar, fecha y hora en que ocurrió, la causa del siniestro y las circunstancias en las que se produjo.
  • Si cuenta con otra póliza de seguros que ampare cualquiera de los bienes de su casa, proporcionar copia de la misma.
  • Un inventario detallado y exacto de los bienes destruidos o averiados, el valor de la pérdida de cada bien, un estimado de lo que sería el costo de reemplazarlos por bienes de la misma o semejante clase, calidad o características, sin que esto implique aceptación de dicha estimación por parte de ASSA.
  • En los reclamos de robo con forzamiento, asalto y fidelidad de empleados, requerimos copia de la denuncia presentada a las autoridades correspondientes.
  • En reclamos de Responsabilidad Civil requerimos los nombres y direcciones de las personas lesionadas y de los testigos presenciales y/o disponibles.

Las coberturas varían según el producto adquirido. ASSA cuenta con un producto para contenidos que lo protege integralmente llamado ASSAHogar. A continuación detallamos todas las coberturas. Para mayor información sobre las coberturas específicas de su póliza le invitamos a llamar a su Corredor de Seguro o llamarnos al 800-ASSA

  • Incendio o rayo
  • Terremoto o temblor
  • Inundación
  • Daños por agua
  • Huracán o vendaval
  • Impacto de vehículo
  • Caída de aviones
  • Rotura de vidrios internos
  • Desórdenes públicos
  • Daños por maldad
  • Prima no devengada
  • Ondas sónicas
  • Responsabilidad civil
  • Remoción de escombros
  • Inhabilitación de la vivienda

Realizando un listado minucioso de todos los objetos de valor de su residencia; seguidamente, determine el valor de cada uno de los objetos. Sume todos los valores y el total que resulte será el monto por el cual usted debería haber asegurado sus bienes.

Debe presentar cotización de un bien igual o parecido al bien que haya sufrido la pérdida. A ese monto, se le aplicará una depreciación estimada que dependerá del tiempo y uso del bien.

Ante una emergencia médica o algún accidente dentro de su residencia, comuníquese al teléfono 300-2424 e informe al operador que lo atiende que usted es asegurado de ASSA Hogar, indíquele su número de póliza o el nombre, apellido y cédula de identidad del titular de la póliza y proceda con la explicación de la emergencia. Este servicio es extensivo para todas las personas que viven dentro de su casa o que estén de visita.

Se pagarán los bienes que se encuentren dentro de la residencia hasta el límite de suma asegurada, luego de aplicar una depreciación estimada que dependerá del tiempo y uso del bien.

Llamar a las autoridades competentes (PTJ, Bomberos, entre otros). Debe reportar a ASSA el siniestro ocurrido y a su corredor de confianza para asesorarlo. ASSA enviará un inspector / ajustador independiente.

Accidentes Personales

ASSA, pensando en nuestros clientes diseñó un nuevo producto con el nombre de ASSA Platinum Familiar, con esta póliza usted puede cubrir a todos sus familiares siendo estos: su cónyuge e hijos que dependan económicamente de usted.

No, en las pólizas de Accidentes Personales son anuales renovables y no contemplan la clausula de Indisputabilidad, esta clausula es de uso exclusivo para la pólizas colectivas de vida y vida individual.

La Cobertura de Vida es independiente de la de su póliza de Accidentes Personales, en caso de un fallecimiento por causas accidentales que esté cubiertas por la póliza se le pagaría la suma de la de Vida y en adición la de la póliza de Accidentes Personales.

  • Muerte Accidental
  • Homicidio Culposo
  • Desmembramiento
  • Incapacidad Total y Permanente por Accidente
  • Cobertura en Líneas aéreas
  • Comerciales
  • Gastos de Traslado por Accidente
  • Gastos de Repatriación
  • Gastos Funerarios
  • Cobertura las 24 horas del día en cualquier parte del mundo
  • Homicidio culposo es: la muerte del Asegurado causada por hechos accidentales, fortuitos o involuntarios del causante, como consecuencia del proceder negligente.
  • Homicidio Doloso son: Lesiones causadas al asegurado intencionalmente por cualquier persona.

Acción repentina de un agente externo, violento, fortuito e independiente de la voluntad del Asegurado o de cualquier otra persona, y que le causen lesiones corporales que puedan determinarse por un médico. Por aclaración y extensión se asimilan a la noción de accidentes:

  • La asfixia o intoxicación por vapores o gases, por inmersión en el agua u obstrucción y la electrocución
  • La intoxicación o envenenamiento por ingestión de substancias tóxicas o alimentos en mal estado
  • Picaduras o mordeduras de serpientes o insectos venenosos
  • La rabia, el carbunco o tétano de origen traumático
  • Exoneración de prima o EP: En caso de incapacidad total y permanente para realizar cualquier actividad de trabajo exoneramos al cliente de la suma correspondiente al costo del seguro.
  • BIPA (Beneficio de Incapacidad Pago Anticipado): cubre al asegurado por una suma asegurada en caso de incapacidad total y permanente.
  • Cobertura de muerte accidental: En caso de tener una póliza de vida con cobertura de muerte accidental y el asegurado fallece en un accidente, el monto designado en ésta cobertura se pagará en adición a la cobertura de muerte por cualquier causa.
  • Enfermedades graves: En caso de ser diagnosticado con una de las enfermedades graves descritas en las condiciones generales de la póliza, al asegurado se le indemnizará en adición a la cobertura básica de vida, hasta un 25% de la suma asegurada con un máximo de B/. 75,000.00
  • Anticipo de Capital: En una situación de incapacidad total o permanente del asegurado, la compañía anticipará el pago de la suma asegurada en 60 mensualidades, este pago se deduce de la suma asegurada de su cobertura de muerte.
  • Exoneración de cargos de mortalidad: Esta cobertura exime al asegurado del costo de mortalidad, siempre y cuando se encuentre totalmente incapacitado. La invalidez debe ocurrir antes de que el asegurado cumpla los 60 años. Esta cobertura se ofrece únicamente a personas que estén desempeñando una ocupación o trabajo.
  • Otro asegurado: Esta cobertura le permite contratar una póliza a término para otro asegurado, usualmente el cónyuge.

Si desea realizar un cambio de beneficiarios podrá hacerlo contactando a su Corredor de seguros o puede llenar el formulario que se encuentra disponible en nuestras oficinas y sucursales.

Usted podrá modificar los siguientes datos por teléfono: su dirección, número de teléfono, dirección de e-mail.

Comuníquese con su corredor de seguros o llámenos al 800-ASSA para saber el estatus de su póliza y como reactivarla.

Vida

Si desea realizar un cambio de beneficiarios podrá hacerlo contactando a su Corredor de seguros o puede llenar el formulario que se encuentra disponible en nuestras oficinas y sucursales.

Usted podrá modificar los siguientes datos por teléfono: su dirección, número de teléfono, dirección de e-mail.

Comuníquese con su corredor de seguros o llámenos al 800-ASSA para saber el estatus de su póliza y como reactivarla.

Usted puede contactar a su corredor de seguros o llamar al 800-ASSA y solicitar el formulario correspondiente para gestionar esta transacción.

Porque la prima está compuesta por una porción de protección y otra porción a ahorro. En la medida que se pasa el tiempo y la persona incrementa la edad, el costo destinado a protección aumenta, por ende, la porción destinada a ahorro disminuye.

En caso de solicitar un préstamo su proyección presentada al inicio de la contratación de la póliza no se verá afectada; si opta por un rescate parcial, la proyección sí se afectará.

Las proyecciones son una ilustración que muestra el comportamiento de las transacciones programadas, que de no cumplirse con los pagos de prima programados se afectan los valores acumulados del fondo.

La compañía tiene la obligación de entregarle en la fecha aniversario de su póliza, el reporte anual donde se indica el monto de los valores acumulados además de los valores rescatables, las primas pagadas, los intereses acreditados, las primas pagadas entre otros. El informe será enviado a la última dirección de correo designada en la póliza y a su correo electrónico en caso que tenga un registrado con nosotros.

En las pólizas de vida con ahorros, la proyección financiera se utiliza para ilustrar al Asegurado sobre los valores acumulados del fondo (sus ahorros) y sus valores de rescate, a través de la duración de la póliza. Esta proyección financiera muestra dos escenarios: proyección garantizada y proyección actual.

Es el único instrumento financiero en el mercado que le ofrece a usted un interés garantizado sobre sus valores acumulados o ahorros, durante toda la vida de su póliza.

Salud

Para efectuar el reembolso de los gastos, el Asegurado Principal deberá enviar a ASSA la siguiente documentación en un plazo máximo de 90 días:

  • Formulario de Reclamo de ASSA debidamente completado y firmado por el asegurado y por el médico tratante.
  • Original de todos los comprobantes de pago con su debido detalle de gastos. Estos deben adjuntarse al Formulario de Reclamación con las órdenes o recetas emitidas por el médico tratante.
  • En caso de hospitalización y / o urgencias en cualquiera de los hospitales participantes, ASSA cancelará la cuenta directamente al hospital, de acuerdo a los beneficios establecidos en la póliza.
  • El Asegurado pagará los gastos no cubiertos, así como el deducible y el coaseguro correspondiente.

Sí existe, cuando salen de la póliza de los padres por mayoría de edad o al cumplir los 23 años si están estudiando a tiempo completo.

Cuando la persona sale de la empresa por despido, renuncia o al jubilarse, tiene el privilegio de conversión con continuidad de cobertura y sin pasar por requisitos de asegurabilidad a otra póliza con los mismos beneficios.

Es un privilegio que aplica para los clientes bajo pólizas colectivas y para los hijos al cumplir la mayoría de edad o al cumplir los 23 años si están estudiando a tiempo completo.

Cuando hablamos de gastos médicos mayores, ASSA indemniza un porcentaje y el asegurado asume la diferencia. En reclamos de alto costo, la participación del asegurado podría ser muy alta; esta cláusula lo protege en este tipo de reclamos, al establecer una cantidad máxima de desembolso por parte del asegurado por año póliza. Es decir, si un asegurado de Plan ASSAmedic, tuviese un gasto importante por ejemplo una cirugía de costo total B/.60,000.00 al cliente le correspondería pagar B/.12,000.00 en concepto de coaseguro. Gracias a esta cláusula, el asegurado sólo pagará B/.7,500.00 (luego del deducible anual, en caso que corresponda) y la empresa continuará cubriendo al 100% todos los gastos restantes durante el año póliza.

Cuando nos enfermamos, generalmente acudimos al doctor. Éste para diagnosticar nos pide laboratorios y finalmente nos receta. Debemos acumular los recibos de pago de cada uno de estos gastos. Al completar el monto del deducible que nos corresponde según el plan que contratamos, llevamos todos los recibos a la ASSA y ésta nos reembolsará los gastos que excedan al deducible contratado.

El deducible es un monto fijo de gasto que usted deberá incurrir antes de que la compañía comience a efectuar pagos de beneficios en virtud de su póliza. Este deducible es individual por persona y no por familia. El deducible año póliza: es el monto de gasto que deberá incurrir durante la vigencia de la póliza y no durante año calendario.

Fianza

Toda obligación subsidiaria, constituida para garantizar el cumplimiento de otra principal contraída por un tercero. Una fianza es una promesa por la cual una persona, el fiador, se hace responsable ante otra persona, el beneficiario, por la deuda o compromiso, de una tercera persona, el fiado.

FIANZA DE PROPUESTA

Conocidas también como de licitación, provisionales, de oferta, o “bid bond”. El objeto de esta fianza es el de garantizar la firma del contrato y el mantenimiento de la oferta hecha por el proponente (contratista – fiado).

FIANZA DE CUMPLIMIENTO

Garantiza el cumplimiento de un contrato u obligación de ejecutar fielmente su objeto.

  • Su vigencia corresponde al período de ejecución del contrato principal más el período respectivo de vicios y/o defectos.

Cumplimiento de Suministro
Son aquellas que garantizan el cumplimiento de un contrato de suministro u obligación de ejecutar fielmente su objeto.
Si lo que necesitas es una fianza de cumplimiento Suministro puedes descargar los requisitos.

Cumplimiento de Construcción
Son aquellas que garantizan el cumplimiento de un contrato de construcción u obligación de ejecutar fielmente su objeto.

Si lo que necesitas es una fianza de cumplimiento Construcción puedes descargar los requisitos.

Cumplimiento de Mantenimiento (Defectos/Vicios)
Son aquellas que garantizan el cumplimiento de un contrato o la parte de éste relativa al mantenimiento, vicio o defecto. Por ejemplo: Defectos de construcción, vicio oculto sobre bienes suministrados, mantenimiento de carreteras, etc.
Si lo que necesitas es una fianza de cumplimiento Mantenimiento (Defectos /Vicios) puedes descargar los requisitos.

Cumplimiento de Servicios Profesionales
Garantiza la entrega del servicio objeto del contrato, pero no su calidad.

Si lo que necesitas es una fianza de cumplimiento Servicios Profesionales puedes descargar los requisitos.

Cumplimiento de Concesiones
Son aquellas que garantizan el cumplimiento de un contrato de concesión u obligación de ejecutar fielmente su objeto. Por ejemplo: las concesiones para energía, explotación de una ubicación estratégica, etc.
Si lo que necesitas es una fianza de cumplimiento Concesión puedes descargar los requisitos.

Garantiza el reembolso al beneficiario (acreedor) de las sumas que éste le haya anticipado al Fiado, siempre que estén contemplados en el contrato original con una cláusula de amortización por medio de retenciones de cada pago del contrato por obra terminada.

Garantizan al beneficiario (acreedor) (dueño de la obra) el pago por parte del Fiado (contratista – Fiado) lo siguiente: Los salarios y prestaciones de sus obreros en planilla de la obra objeto del contrato y el costo de los materiales que se hayan suministrado e incorporado permanentemente a dicha obra.

Garantizan el pago de impuestos de mercancía.  Se trata de mercancía en trámite de exoneración, depósitos bond, transportistas.

Las Fianzas aduanales de un contribuyente del Estado son:

  • Obligación Fiscal No.1-97
    Fianza para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones de reembarque de las mercancías en tránsito según Decreto 130 de 29 de agosto de 1959, Ley 26 de 17 de abril de 2012 y Decreto de Gabinete 12 de 29 de marzo de 2016 .Art.615 del C.F. y Decreto No.130 de 29 de agosto de 1959.
  • Obligación Fiscal No.2-97
    Garantiza el pago de los impuestos que puedan causar las mercaderías no nacionalizadas que se depositen en locales de almacenamiento o venta (Ley 26 de 17 de abril de 2012 y Decreto de Gabinete 12 de 29 de marzo de 2016.).
  • Obligación Fiscal No.3-97
    Garantiza el pago de los impuestos que puedan causar las mercaderías que transportan las empresas de transporte dedicadas al manejo de mercancías no nacionalizadas y las penas en que puede incurrir el transportista por incumplimiento (Decreto 841 de 16 e septiembre de 1952, Ley 26 de 17 de abril de 2012 y Decreto de Gabinete 12 de 29 de marzo de 2016.).
  • Obligación Fiscal No.4-97
    Fianza para garantizar el pago de los tributos y derechos aduaneros de las mercancías importadas bajo el sistema de mercancía con pago garantizado (Ley 26 de 17 de abril de 2012 y Decreto de Gabinete 12 de 29 de marzo de 2016).
  • Obligación Fiscal No.5-97
    Fianza para garantizar el pago de los impuestos que puedan causar las mercancías no nacionalizadas, que se depositen en los almacenes ubicados en Zonita Libre del Aeropuerto Internacional de Tocumen (Decreto 290 de 28 de octubre de 1970, Ley 26 de 17 de abril de 2012 y Decreto de Gabinete 12 de 29 de marzo de 2016

Si lo que necesitas es una fianza Aduanal puedes descargar los requisitos.

Utilizadas por las partes litigantes, ya sea por el demandado o el demandante. Es una caución, mediante la cual el Fiado garantiza a los tribunales su compromiso de hacer frente a los resultados del juicio.

Si lo que necesitas es una fianza Judicial puedes descargar los requisitos.

  • Cumplimiento de Corredores de Seguros
    Requeridas por Ley de la Superintendencia de Seguros, principalmente garantiza la utilización correcta de la licencia para el negocio que fue otorgada y el buen manejo que hagan los corredores del dinero de sus clientes para el pago de pólizas y fianzas.
  • Cumplimiento de Corredores de Valores
    Requeridas por Ley de la Superintendencia de Bancos, principalmente garantiza la utilización correcta de la licencia para el negocio que fue otorgada.
  • Cumplimiento de Corredores de Aduanas
    Fianza definitiva para responder ante el Estado y ante los comerciantes de los perjuicios que pueda ocasionar a unos y otros, por falta de seriedad y honradez en el ejercicio de sus funciones.
  • Cumplimiento de Corredores de Bolsa de Productos

  • Cumplimiento de Corredores de Bienes Raíces
    El 10 de julio de 1999 se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto Ley No. 6 de 8 de julio de 1999 por el cual se reglamenta la profesión de corredor de bienes raíces y se crea la Junta Técnica de Bienes Raíces en el Ministerio de Comercio e Industrias.
  • Cumplimiento de Agencias de Viajes
    Garantiza las operaciones normales de una agencia de viajes, el buen manejo que tenga para con sus clientes, incluyendo recibo y manejo de dineros.
  • Cumplimiento de Motonaves
    Garantiza las operaciones o servicios que brindan las motonaves, a favor del Beneficiario en los diferentes puertos de la República de Panamá.
  • Cumplimiento de Canon de Arrendamiento
    Garantiza el pago de alquiler de un local o de un terreno, a una institución gubernamental o privada.
  • Cumplimiento de Rifas
    Garantiza cualquier pérdida material o pecuniaria que sufran los beneficiarios de rifas que lleven a cabo personas naturales o jurídicas, con la supervisión de la Junta de Control de Juegos.
  • Cumplimiento de Club de Mercancía
    Garantiza el pago en especie (entrega del objeto o servicio del CLUB) del compromiso adquirido por el CLUB.  Las fianzas son por el 25% del monto total de las sumas de dinero autorizada para operar el sistema de CLUB
  • Cumplimiento de Billeteros
    Garantiza el pago de los billetes vendidos a la Lotería Nacional de Beneficencia por parte del Fiado.  Esta clase de fianza en la actualidad no se está ofreciendo, solamente se mantiene una cartera vieja de buenos asegurados. 
  • Cumplimiento de Menores de 18 años (Permiso de Conducir)
    Caución bancaria o de una compañía de seguros por una cuantía equivalente a veinticinco mil balboas (b/. 25,000) a nombre del menor para cubrir daños a terceros. Vigente, hasta que el menor cumpla los dieciocho (18) años de edad según lo establecido en el reglamento de tránsito de la Republica de Panama artículo 118.

Si lo que necesitas es una fianza de Cumplimiento de Menor de 18 años puedes descargar los requisitos.

CAR /EAR

  • Protege las obras civiles durante el período de la construcción.
  • Su protección se limita al sitio de la obra.
  • Las pérdidas deben presentarse en forma súbita, imprevista y accidental.
  • Es una póliza Todo Riesgo.
  • Construcciones Urbanas de toda clase (residencias, edificios, centros comerciales
  • Construcciones Industriales (galeras, parques industriales)
  • Caminos y Vías férreas, Infraestructura Urbana
  • Aeropuertos, Puertos Marítimos
  • Obras Hidráulicas (Plantas de Agua, Presas, Sistemas de Riego)
  • Puentes
  • Construcciones subterráneas (Túneles)
  • Máquinas y Equipos de toda clase
  • Plantas Industriales Completas
  • Estructuras Metálicas en General
  • Termoeléctricas
  • Embotelladoras, Ensambladoras

En cuanto a la obra contratada, se debe tomar el valor total del contrato a su terminación más los bienes y conceptos del trabajo directamente suministrados por el dueño de la obra, incluyendo itbm, fletes y demás.

El Asegurado tendrá la obligación de:

  • a) Comunicarlo a la Compañía inmediatamente por teléfono o fax y posteriormente confirmarlo en detalle mediante carta certificada, proporcionando datos sobre la naturaleza y extensión del daño o pérdida.
  • b) Ejecutar, dentro de sus posibilidades, todos los actos que tienden a evitar la extensión del daño.
  • c) Proporcionar todos los informes y documentos que la Compañía le solicite.
  • d) Conservar las partes dañadas o defectuosas y tenerlas a la disposición para que puedan ser examinadas por el experto de la Compañía.
  • e) Informar a las autoridades respectivas en caso de pérdida o daño debido a hurto o robo.
  • f) En los casos en que se presente al Asegurado cualquier reclamación judicial o administrativa por responsabilidad civil extracontractual amparada por esta póliza, el Asegurado deberá, en su oportunidad legal, proceder a contestar la demanda y a tomar todas las demás medidas necesarias para la defensa legítima de sus intereses.