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Cargas y Transporte
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Casco Marítimo

Pólizas de Casco Marítimo

Las pólizas de casco marítimo para yates y de pesca tienen como objetivo principal cubrir los yates o embarcaciones de nuestros asegurados por pérdidas o daños materiales mientras se encuentren navegando dentro de las aguas territoriales de la República de Panamá. Mediante el pago de prima adicional también se pueden cubrir los daños que se originen a terceros en sus bienes o personas.

Pólizas de Yates

Nuestras pólizas de yates están diseñadas para aquellos cuyo uso sea exclusivamente de placer y debe ser propiedad del Asegurado.

Damos cobertura a los yates de cualquier material excepto madera. Sin embargo, para las embarcaciones de pesca, se podrán cubrir las construidas de cualquier material, sujeto a la aprobación de la Gerencia Técnica o de Suscripción.

Exclusiones
 
Por políticas de suscripción de la compañía no cubrimos dentro de las pólizas de cascos: botes de madera, yates de carrera, jet skies, ni embarcaciones dedicadas a la pesca artesanal, alquiler, ayuda industrial o para uso comercial (transporte de carga y/ o pasajeros).


Cobertura Básica
  • Con avería particular - Cubre pérdidas por incendio, rayo, auto - ignición o explosión, hundimiento, naufragio, varadura, echazón, colisión y mal tiempo, incluyendo el robo de yate entero y pérdidas parciales de casco y maquinaria por accidentes sufridos al halar el yate del agua, botarlo al agua, mientras se traslade al astillero, al subirlo a las gradas, al entrar a dique seco o por contacto con aeronaves o cualquier conducción terrestre. El deducible aplicable es el 1% del valor asegurado para el casco.
  • Pérdida total por hundimiento - Esta cobertura se da a embarcaciones cuyas condiciones de navegabilidad no sean las más apropiadas según la opinión de nuestro inspector y/o suscriptor. El deducible aplicable es el 1% del valor asegurado del casco para cubrir los gastos de salvamento.
Coberturas Adicionales
  • Protección e indemnidad - Cubre los daños que se originen a consecuencia de un riesgo cubierto y que ocasionen algún daño material propiedad de terceros o lesiones corporales a terceros que se encuentren dentro o fuera de la embarcación al momento del siniestro. El límite máximo para la cobertura de responsabilidad civil no podrá exceder la cantidad otorgada para el casco. Sin embargo, para la cobertura de lesiones corporales existen rangos de límites que varían de acuerdo al precio que el asegurado desee pagar. El deducible es únicamente aplicable para la cobertura de casco, no así para las coberturas de protección e indemnidad, a menos que sea pactado así por el suscriptor.
  • Endosos de gastos médicos - Este endoso fue diseñado específicamente para cubrir los gastos médicos del asegurado principal, no tiene costo alguno y tiene un límite de B/.1,000. Por ser una cobertura gratuita, sin cargo de prima adicional, cualquier modificación al límite deberá ser aprobada por la gerencia técnica o la de Suscripción.
  • Endoso para el trailer - Este endoso ha sido diseñado para cubrir únicamente los yates que por su facilidad de transporte, son movilizados a través de trailers. Para este efecto la cobertura se amplía para cubrir los daños que puedan originarse en el trayecto terrestre y está sujeto al pago de prima adicional. Para efectos de poder brindar esta cobertura, es necesario igualmente inspeccionar las condiciones que presente el trailer al momento de la suscripción.
  • Cláusulas de deducible aplicable - Este endoso está diseñado para dejar pactado el aporte del asegurado en caso de siniestro. Sólo pagarán aquellos reclamos que exceden de la cantidad especificada en este endoso; el cual debe concordar con el que se describe dentro de las condiciones particulares de la póliza.